Con fundamento en los hechos analizados, las disposiciones legales aplicables al caso concreto, la doctrina jurisprudencial procedente y utilizada, así como todos y cada uno de los motivos que preceden, este Juzgado Superior del Trabajo del Estado Falcón, procediendo como Tribunal de Primera Instancia en materia Contencioso Administrativa Laboral, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad intentado por la Sociedad Mercantil SUPERMERCADO HONG KONG, C. A., a través de su apoderado judicial, abogado Pedro Luis Naveda Sánchez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 25.879, en contra de la Providencia Administrativa No. PA-US-FAL-008-2011, de fecha 05 de agosto de 2011, dictada por la Directora Estatal de Salud de los Trabajadores del Estado Falcón (DIRESAT-FALCÓN).
SEGUNDO: Se ANULA la Providencia Administrativa recurrida, distingui.....