Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos: MAYELA BEATRIZ MORON CURIEL y JOSE ALEXANDER GARCIA ANDARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-11.478.713 y V-11.473.781, respectivamente, domiciliados: la primera en la Urbanización Francisco de Miranda, Calle 7, manzana 15, Casa N° 08, Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del Estado; y el Segundo, en Caujarao, Sector La Aduana, Calle Principal, Casa S/N, Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del Estado Falcón; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que contrajeran ante el despacho de la Prefectura (hoy Registro Civil) del Municipio Colina de.....