Por todas las razones expuestas este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECRETA: PRIMERO: Se suspende el proceso en la presente causa seguida contra del ciudadano JOSÉ GREGORIO MORLES SALAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° 13.488.489, domiciliado en conjunto residencial Villa Mar, Casa N° 35, Intercomunal Coro-La Vela, Municipio Colina del estado Falcón por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley orgánica sobre del derecho de la Mujer a una vida libre de violencia, en perjuicio de la Ciudadana DANNELIS MÓNICA RAMIREZ GARCÍA, hasta el cabal cumplimiento de la obligación impuesta por el lapso de Seis contados a partir de la fecha 21 de Julio de 2008, con la advertencia al acusado de los efectos y beneficios sobre la suspensión con.....