esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que la Ley le confiere, dicta los siguientes pronunciamientos: Sin Lugar el Recurso de Apelación interpuesto por el Abg. Cruz Alejandro Graterol Roque, previamente identificado en su condición de Defensor Privado del ciudadano Eliécer José Díaz Suárez, previamente identificado; y en consecuencia Se Confirma la Sentencia Definitiva publicada por el Tribunal Itinerante Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en la ciudad de Coro, el día 15 de mayo de 2009, en el asunto IJ01-P-2003-000008, resolución esta que condenó al ciudadano Eliécer José Díaz Suárez, a cumplir seis (06) años de prisión, por la comisión del delito de Homicidio Intencional en Grado de Complicidad no Necesaria, en perjuicio del ciudadano Hilario Narciso Rodríguez.