Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada IVELLIE FIGUEROA ALVAREZ, actuando en representación del ciudadano ROLANDO HIDELFONSO DIAZ PEREZ, mediante diligencia de fecha 28 de julio de 2015.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia de fecha 27 de julio de 2015, dictada por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Municipio Miranda de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró CON LUGAR la demanda de DESALOJO intentada por el ciudadano MANUEL ALBERTO QUINTERO BUSTOS, contra el ciudadano ROLANDO HIDELFONSO DIAZ PEREZ.
TERCERO: Se condena en costas al recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
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