este Tribunal Tercero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, CONDENA al ARAN JOSÉ CARDENAS MOLERO, venezolano, de 38 años de edad, soltero, de profesión u oficio Técnico Superior en Artes Audiovisuales Mención televisión, titular de la cédula de identidad N° 9.798.108, natural y residenciado en la Urbanización san Felipe, Sector 1, Calle 12, Casa 04 con el frente de madera, en el Municipio san Francisco del estado Zulia, cerca de la iglesia san Felipe, teléfono 0414-6471115, por el delito OCULTAMIENTO ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Vigente a cumplir la pena de UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES de prisión. Se modifica la medida Cautelar Sustitutiva a la privación Judicial Preventiva de libertad que fueron impuestas por el tribunal de control por cada treinta (30) por ante los Tribunales de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Pena esta que .....