En el dia de hoy, 25-01-2012, se dictó sentencia homologando el CONVENIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, en los términos expuestos en dicha acta, y sus anexos, suscrito todo de conformidad con lo establecido en los artículos 365, 366 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, suscrito por los ciudadanos FIGUEROA ECHENIQUE PEDRO EDGARDO y ALCANTARA APONTE YENNY MARY, Venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-19.477.360 y V-17.348.709 respectivamente, debidamente asistidos por la Abg. ALICIA VALDEZ, Defensora Pública Décima Segunda de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, a beneficio de la niña se omiten datos.