este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en función de Juicio de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, Declara SIN LUGAR la solicitud de Decaimiento y Libertad interpuesta por la abogada Nelmary Mora, en su carácter de Defensora Publica del ciudadano Jonathan Díaz González, a quien se le sigue proceso judicial por el delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTE Y PSICOTOPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 Segundo aparte de la Ley de Drogas, y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 274 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, en razón de que lo dispuesto en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, no le es aplicable a los casos cuyo enjuiciamiento es por el delito de Tráfico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, dado que al ser un delito de lesa humanidad, pluriofensivo e imprescriptible, conforme a los artículos 29 y 271 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de .....