DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EJECUTADA LA SENTENCIA CONDENATORIA, dictada por el Juzgado Primero en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, que condenó a los ciudadanos WILLAR JOSÉ CHIRINO, titular de la cédula de identidad No 3.362.631 y GUSTAVO ADOLFO MEDINA ARAUJO, titular de la cédula de identidad No 12.743.089, de DOS (02) AÑOS y SEIS (06) MESES, de Prisión mas las penas accesorias de Ley por la comisión del Delito de USO DE DOCUMENTO PRIVADO FALSO Y HURTO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el Artículo 321 y 452 ordinal 1º del Código Penal Venezolano; en concordancia con lo establecido en el artículo 83 ejusdem, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO a través de la Empresa Nacional Petróleos de Venezuela (PDV.....