Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal 1° de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, , seguida en contra del MOILE MOISES DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA OJEDA CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.708.105, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal.