Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los numerales 3 y 4 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, impone al ciudadano JOSE MIGUEL VILCHEZ OLAVES, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, natural de los Puerto de Altagracia Estado Zulia y residenciado en la Avenida 08, casa sin numero de color Beige por el Corredor Vial Rita Ramona Acurero, de los Puerto de Altagracia Estado Zulia, titular de la cedula de identidad Nº V.-20.725.330, las medidas cautelares sustitutivas de libertad previstas en los numerales 3 y 4 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la obligación de presentarse cada 30 días por ante este Tribunal y la prohibición de salida del País sin.....