Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, EXTENSIÓN CORO, administrando justicia, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR CESE DE LAS MEDIDAS DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD, interpuesta por el abogado SALVADOR GUARECUCO a favor de su defendido RODRIGO JAVIER RUJANO FLORES, titular de la cedula Nº 14.733.640, estado civil soltero, edad 28 años, profesión u oficio estudiante, domiciliado Churuguara Municipio Federación, sector el cerrito, diagonal a la panadería Falcónpan, teléfono: 0414-5455262, Estado Falcón, a quien le fue ordenado la apertura a juicio oral y público, por la presunta comisión de los delitos de EXTORSION EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, Y APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley contra el Secuestro y la Extorsión y 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehic.....