Por los razonamientos que anteceden este Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y medidas de Seguridad, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda el Traslado a la mayor brevedad posible y con las seguridades del caso, del Penado JAIRO MEDINA GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° 17.943.732, actualmente recluido en el internado Judicial de Falcón hasta el servicio de Emergencia de Cirugía Traumatología del Hospital " Dr. Alfredo Van Grieken" de esta Ciudad. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 19 y 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 479 del Código orgánico procesal penal. Ofíciese al Ciudadano Director del Internado Judicial de Falcón. Cúmplase.
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN
ABG. SATURNO RAMÍREZ ZORRILLA
LA SECRETARI.....