Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: la flagrancia previsto y sancionado en el articulo 234 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO: Se acuerda la solicitud de la Representación Fiscal de seguirse el presente caso mediante el Procedimiento de Juzgamiento de Delitos Menos Graves establecido en el artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se admitió la precalificación del delito realizada por el ciudadano Fiscal del Ministerio Público de ALTERACION DE SERIALES Y APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL DELITO PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 03 Y 08 DE LA LEY CONTRA EL ROBO Y HURTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, en contra de JESUS ABRAHAN LUQUE MATHEUS, CUARTO: sin lugar la solicitud de la defensa privada sobre la libertad plena para su defendido. QUINTO: parcialmente con lug.....