En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo establecido en los artículos 349 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con el artículo 375 eiusdem, resuelve:
Primero: CONDENA a los (as) ciudadanos (as): CARMEN BIDILIA RIVERO COLINA, ESTHER TADEINA MEDINA CHIRINOS y JOSE MANUEL SANCHEZ, de la siguiente manera:
1) Carmen Bidilia Rivero, a trece (13) años y cuatro (4) meses de prisión, por se responsable del delito de Homicidio Calificado en grado de Determinadora, de conformidad con el artículo 406, numeral 2º del Código Penal, más las accesorias de ley previstas en el artículo 16 eiusdem.
2) José Manuel Sánchez Díaz, a cinco (5) años de prisión, por ser responsable de la comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado en grado de Complicidad Correspectiva, de conformidad c.....