Por los fundamentos y motivaciones anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud por el abogado ORLANDO HIDALGO, defensor privado (debidamente juramentado ante este Tribunal), Abogado en ejercicio, actuando en representación del Imputado ALEXANDER JOSÉ GONZÁLEZ, en consecuencia, se DECRETA la NULIDAD ABSOLUTA DEL ESCRITO ACUSATORIO interpuesto por la Fiscalía Vigésima del Ministerio Público, en fecha 30/05/2014, en la presente causa, conforme a lo previsto en los artículos 174 y 175 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, a tenor de lo previsto en el artículo 180 eiusdem, siendo que dicho mandamiento judicial, no causa grave perjuicio para el imputado de autos, toda vez que la .....