-IV-
DECISIÓN
Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Superior
Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en
nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la
Ley, declara:
PRIMERO: DA POR CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DE LA APELACIÓN
efectuada por el ciudadano RAMY MOHAMED ABDELMANIM ELABD,
venezolano, mayor de edad de este domicilio, titular de la cédula de
identidad No. V-18.650.553, en fecha 12 de junio de 2025 asistido por la
abogada DANIELA GUEVARA, venezolana, mayor de edad, de este
domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 163.432, en la demanda
por DESALOJO, interpuesta por la sociedad mercantil INVERSIONES GRAN
PODER C.A., contra el ciudadano RAMY MOHAMED ABDELMANIM ELAB, en
el expediente signado con la nomenclatura interna de este Juzgado Nº
AP71-R-2025-000087, con motivo de la apelación ejercida en fecha 27 de
enero de 20.....