Por las normativas y los argumentos antes esgrimidos este Tribunal de Primera Instancia en funciones Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
Primero: Se declara con lugar la solicitud de la Defensora Pública Séptima de esta Circunscripción Abg. Solangel Castillo Villavicencio, y determina LA EXTINCIÓN DE LA PENA PRINCIPAL Y DE LAS ACCESORIAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 ordinal primero del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 103 del Código Penal; en la causa penal signada con el Nro IP01-P-2006-000827 seguida al Ciudadano quien en vida respondiera al nombre de José Gregorio Loyo López, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 13.027.338; por haber operado LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR MUERTE y CONSECUENCIALMENTE PONE FIN A LOS EFECTOS DE LA SENTENCIA.