DISPOSITIVO DEL FALLO.
Por las razones antes expuestas, esta Sala Primera del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana
de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud y en consecuencia declara el divorcio solicitado por los Ciudadanos: NAIBELY JOSEFINA HERNÁNDEZ y JUAN BAUTISTA ORTUÑEZ GÓMEZ titulares de las cédulas de identidad Nros. 17.309.741 y 14.479.940 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio PEDRO LUIS NAVEDA SANCHEZ, Inscrita en el Inpreabogado Nro. 25.879, quedando en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía. Con la advertencia de que una vez ejecutoriada que sea la presente decisión quedará disuelto el matrimonio cesando la comunidad entre los cónyuges. Anéxese a la pieza principal el presente dispositivo.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de.....