Basados en las consideraciones anteriores, este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA: PRIMERO: Se divide la continencia de la causa en cuanto al ciudadano FELIX RAFAEL SECO RAMONES, titular de la Cédula de Identidad N° 14.646.809, y acuerda revocar de conformidad con lo establecido en el artículo 262.2 de la norma adjetiva penal y a tal efecto se ordena librar orden de captura a todos los organismos de seguridad del estado, la cual se agregara al cuaderno separada que se formará al respecto. SEGUNDO: Se declaran sin lugar las excepciones propuestas por la defensa, y se admite la Acusación interpuesta por la Fiscal Segunda del Ministerio Público en contra de LEONARDO JOSE MENCIA LEAL, por la presunta comisión de los delitos de Robo de Vehículo Automotor y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previstos y sancionados e.....