Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal Segundo de Ejecución de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, autoriza el Permiso de Supervisión Especial al penado JESUS RAMÓN SAAVEDRA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° 9.509.637, el cual se encuentra bajo la formula alternativa de cumplimiento de pena consistente en Régimen Abierto, en el Centro de Tratamiento Comunitario "Dr. Manuel Matos Romero", en virtud a la evolución positiva evidenciada por el residente, de conformidad con los artículos 479 y 483 del Código Orgánico Procesal Penal y 49 y 50 del Reglamento de los Centros de Tratamientos Comunitarios, con la obligación de asistir a las Asambleas de Residentes, a las entrevistas con su Delegado de Prueba, y presentarse una vez a la Semana en el Centro de Tratamiento a los fines de un mejor control. En consecuencia deber.....