este JUZGADO TERCERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: DECLARA SIN LUGAR la Solicitud de DECAIMIENTO DE MEDIDA, solicitada por la profesional del derecho Dra. MARIA ALEJANDRA MACHADO, en su carácter de Defensora Publica, del acusado LUIS GERARDO ORELLANEZ MEDINA, de conformidad con lo establecido en los artículos 30º, 44º y 55º de la Constitución de la Republica Bolivariana y el Artículo 244º del Código Orgánico Procesal Penal