Este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO URUMACO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES Y DESAFECTO presentada por los ciudadanos WILSON DAVID OSORIO REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-18.576.071, de este domicilio y MILAGROS COROMOTO MEDINA MORALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-19.117.532,de este domicilio, debidamente asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio EFREN JOSE CHIRINO ORIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.519.396, de transito por este municipio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el N° 132.939, y en consecuencia, queda DISUELTO el vinculo matrimonial que los une; que contrajeron los ciudadanos ant.....