SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, Verificada como ha sido el cumplimiento de la condición impuesta al ciudadano imputado: MICHELLE NOHEMI RIVERO CHIRINO Venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V- 25.009.681 de 18 años de edad, nació el 14/08/1996, estado civil soltera, profesión u oficio Ama de Casa, residenciada en la urbanización francisco de Miranda, manzana 4 casa Nº 77, Municipio Miranda del Estado Falcón, numero de teléfono 0416-222-80-84 (tia) hija de Eidy Javier Rivero y Glerys Maria Molina. Como se puede evidenciar y constatar en el presente caso Penal, en constancia debidamente firmada y sellada, por los ciudadanas voceras BELKIS PIÑA, (Vocero PRINCIPAL), MARYELING REYES (VOCERO CONTRALOR) Y YOSBELY YEDRA (VOCERO DE PROTECCION E IGUALDAD SOCIAL) autorizadas del consejo comunal "EL NAZARENO", y por la ciudadana: ANA R. GUTIERREZ M. (DIRECTORA U. E. E. MAESTRO EUGENIO BRACHO), mediante la cual Avalan el trabajo comunitario realizado por la ciudadana de marras, a través.....