este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Tercero de Control del éste Circuito Judicial Penal, con fundamento a su libre convicción, basadas en las reglas de la lógica, y máximas de experiencia, cumplidas las formalidades de ley, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: Se declara sin lugar la nulidad solicitada por la defensa y Se admite la acusación interpuesta por el la Fiscalia del Ministerio Público en contra del acusado RAMON ANTONIO RIERA Y IRIS COROMOTO MARTINEZ, por el delito delusiones PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el articulo 415 deL Codigo Penal. Segundo: Se admiten todas por legales, lícitas, pertinentes y necesarias las pruebas ofrecidas por la Fiscalia del Ministerio Publico., le informa a los acusados de las Medidas Alternativas de Prosecución del Proceso Penal, contempladas en el Código Orgánico Procesal Penal y del procedimiento especial por d.....