En cuanto a la solicitud de la defensa Privada de trasladar a la Medicatura forense al acusado Oscar Ramiro Lugo para constatar su estado de Salud, se acuerda dicho traslado, a los solo con evaluativos diagnósticos la Medicatura forense radicada en la ciudad de Coro, con posterior remisión a éste Tribunal de los resultados del respectivo informe, y así se decide.
Por último en cuanto, a notificar la ciudadana NELIANA JIMENEZ médico de la emergencia del Hospital Van Grieten para que remita informe médico a éste despacho, se niega tal solicitud en virtud de que el informe medico que el Tribunal estima pertinente en éstos casos es el dimanado por la Medicatura Forense como órganos adscritos al CICPC y auxiliar de la administración de Justicia, y así se decide.
Cúmplase y Notifíquese a las partes