Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Ejecución actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda dejar sin efecto la orden de aprehensión judicial N° 09/03, dictada contra el ciudadano: EDGAR JOSE CHIRINOS MEDINA, librada en fecha Catorce (14) de Octubre de 2003, con Oficio Nº: 2E-1762/03 al Director del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas del Estado Falcón, y Orden de Captura de fecha 15 de Abril de 2004, que se libró al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y a todos los órganos auxiliares de investigaciones penales (SIPOL, C.T.P.J., FF.AA.PP., G.N., D.I.S.I.P., TRANSITO TERRESTRE). En consecuencia líbrense los respectivos oficios a los referidos Cuerpo de Investigación, y así mismo se acuerda oficiar a la Cárcel de Yaracuy, para informar que el referido penado tiene una causa por este Tribunal en etapa de ejecución de penal y se le conmutó la pena por Confina.....