Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se ADMITE las prueba de informe, a excepción de el merito favorable de auto y los indicios y presunciones de juez, las cuales fueron indicados los motivos de su inadmisibilidad, estas pruebas que fueron promovidas por la procuradora del trabajo abogada CARLA DANIELA PEROZO RANGEL Venezolana, Mayor de edad, identificado con la Cédula de Identidad No V-19.648.115, e inscrita en el Inpreabogado bajo el No.168.193, en su condición de Apoderada Judicial del demandante ENRIQUE JOSE URDANETA GIL Venezolano, mayor de edad, identificado con la Cédula de Identidad Nro. 6.463.649, domiciliado en el municipio Zamora del estado Falcón, SE.....