Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÒN EXTENSIÒN PUNTO FIJO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: CONDENA al ciudadano ELIO JOSE SEQUERA SUAREZ, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.566.354, nacido en fecha 30-11-1980, de 30 años de edad, de estado civil combino, de profesión u oficio Albañil, Hijo Elio Ramón Sequera y Digna del Rosario Suárez, residenciado: Sector Universitario, Calle Libertador con los mangos, casa Nro 4, de color rosado con ladrillos a una cuadra de la bodega del señor Yaguarin, teléfono de la concubina MARILET YAJURE, N° 0416-4624992, a quien se sigue el presente asunto penal por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, tipificado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, a cumplir la pena.....