En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, decreta: PRIMERO: OTORGA EL BENEFICIO DE REDENCIÓN JUDICIAL POR EL TRABAJO Y EL ESTUDIO al penado ANTONIO JOSÉ SALAS TOVAR, titular de la cédula de identidad V-22.062.158, quien fue condenada a cumplir la pena de NUEVE (9) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto en el artículo 405 en relación con el artículo 80 del Código Penal y quien se encuentra recluido en la Comunidad Penitenciaria del Coro, por un lapso de tiempo de UN (01) AÑO TRES (03) MESES Y DIEZ (10) DIAS. DE REDENCIÓN EFECTIVA, ello de conformidad con los artículos 471, 496 y 497 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 2, 3, 5, 6 y 14 de la Ley de Redención Judicial por el Trabajo y el Estudio. SEGUNDO.....