En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Gustavo Vargas Salgueiro, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ MANUEL JIMÉNEZ BERMÚDEZ y JEANETTE DAYANIRA GARCÍA GARCÍA, mediante diligencia de fecha 14 de diciembre de 2015.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Municipio Miranda de esta Circunscripción Judicial, en fecha 9 de diciembre de 2015, mediante la cual declaró INVALIDA la OFERTA REAL DE PAGO realizada por los ciudadanos JOSÉ MANUEL JIMÉNEZ BERMÚDEZ y JEANETTE DAYANIRA GARCÍA GARCÍA a favor del ciudadano RICARDO ALBERTO MORALES PEREIRA.
TERCERO: Se condena en costas a l.....