En consecuencia, con fundamento en las observaciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, declara: INADMISIBLE la solicitud de de DIVORCIO. En consecuencia, se ordena devolver al (la) solicitante de autos las resultas correspondientes y en su lugar se ordena dejar copia certificada de los mismos.