DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: al ciudadano MIGUEL ANGEL PIAZZOLA VELASQUEZ, venezolano, Titular de la Cedula de Identidad N° 13.180.936, de 28 años de edad, nacido en fecha 20-10-1978, de Profesión u Oficio comerciante, Grado de Instrucción: Quinto año de Bachillerato, Hijo de Damiano Piazzola e Irene Velásquez, domiciliado en Judibana calle 5, oeste 107, casa de Piedra, cerca del Supermercado CADA, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, establecida en el ordinal 1° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en el Arresto Domiciliario en Judibana calle 5, oeste 107, casa de Piedra, cerca del Supermercado CADA, por la presunta comisión de los delitos de Homicidio Culposo y Lesiones Graves, previstos y sancionados en los Artículos 409 y 415 .....