En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO PARA EL REGIMEN NUEVO COMO PARA EL REGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO FALCON, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la ley, se DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de la demanda intentada por la ciudadana ANTONIA MARIA GONZALEZ GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.293.070, domiciliada en el Municipio Urumaco del Estado Falcón, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO URUMACO DEL ESTADO FALCON; por cobro de Prestaciones Sociales. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, por la naturaleza de lo decidido.