DISPOSITIVA
Con fundamento en la razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único: a tenor de lo pautado en los artículos 48 ordinal 8° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y 108 ordinal 4° del Código Penal, Decreta la extinción penal y por ende el Sobreseimiento de la presente causa en la cual aparece como víctima al ciudadano Barrera Lino Ramón, venezolano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad Nro. 2816413, residenciado en la Urbanización Ardo cermeño, Edificio 06, piso 01, Bella Vista, Punto Fijo Estado Falcón, e imputado desconocido, por el delito de Hurto Agravado, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 1° del Código Penal venezolano antes de la reforma.
Dada, firmada y publicada la presente sen.....