(...)
Con respecto a las Testimoniales de los ciudadanos MARIO BOSCO, GUSTAVO GONZÁLEZ, WINNET LARA, ARIANI DE TABOADA, YRALI REIMI, JAVIER SIBADA, RICARDO GÓMEZ, CELIS CÁDIZ, ALIX PADRÓN, MAGALY DE LÓPEZ, AIDE JOSEPH, VLADIMIR GÓMEZ, CESAR AUGUSTO ROJAS, MARÍA ROSA VELANDIA, LEONARDO CAVALIERI, LILIA MARTORELL, GUEIDA DE SOUSA, GIÁCOMA CAPODIFERRO y JUAN CARLOS CADAVID, promovida en el Capítulo V del escrito de promoción de pruebas, este Juzgado las admite en cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, los referidos ciudadanos deberán comparecer por ante este Tribunal, a los fines de rendir su declaración como testigos en la oportunidad de celebración de la Audiencia de Juicio correspondiente. ASÍ SE ESTABLECE.