Por las anteriores consideraciones, este JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DE PRIMERA LABORAL INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Se admiten las pruebas presentadas y promovidas por el abogado IVAN COROMOTO MONTAÑEZ ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 136.103, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JAVIER ALEXANDER CARRASQUERO JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 13.417.266, con excepción de la prueba de exhibición de documentos. SEGUNDO: Se admiten la pruebas promovidas y presentadas por el abogado ANTONIO JOSE ORTIZ NAVARRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 67.754, obrando en representación de las empresas codemandadas CONSTRUCTORA ANACO C.A. y SERVICIOS GENERALES DE MANTENIMIENTO SEGEMA, C.A., supra identificadas.