DISPOSITIVA
Con fundamento en la razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Único: a tenor de lo pautado en los artículos 48 ordinal 8° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y 108 ordinal 5° del Código Penal, Decreta la extinción penal y por ende el Sobreseimiento de la presente causa en la cual aparece como víctima el ciudadano ESPOSITO VACARIELLO CLAUDIO, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V 10.214.340, divorciado, de profesión comerciante, natural de Ciudad Ojeda, Estado Zulia y residenciado en esta jurisdicción, en la avenida Raul Leoni, Edificio Valle de Oro, piso 1, apartamento 1-A, Punto Fijo, Estado Falcón, por el delito de ROBO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal venezolano, vigente para .....