En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la ciudadana GLORIA COROMOTO PALMER MEDINA, asistida por el abogado Pedro Caldera, mediante diligencia de fecha 29 de marzo de 2011.
SEGUNDO: Se CONFIRMA en toda y cada una de sus partes la sentencia dictada por el Juzgado de Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción de esta Circunscripción Judicial, en fecha 17 de febrero de 2011, mediante la cual declaró CON LUGAR la demanda que por INQUISICIÓN DE PATERNIDAD incoara el ciudadano PERCY DAVID PIÑA, contra las ciudadanas PERCY ANDREA PALMER HEBERT y GLORIA COROMOTO PALMER MEDINA.