este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA, por improcedente el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, solicitada por el penado: MEYBER JIMENEZ CHIRINO, titular de la cédula de identidad personal número V- 19.824.759. Regístrese, déjese copia de la presente decisión. Notifíquese a las partes (Fiscalía, Defensa). Remítase mediante oficio, copia de la presente decisión al Director de la Comunidad Penitenciaria de Coro. Impóngase al penado de la decisión previo traslado. Notifíquese sobre acto de imposición a celebrarse en la sede de es Circuito, en fecha 29 de Noviembre del 2010, a las 10:00 am.Cúmplase