Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Segundo de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la entrega en Guarda y Custodia del vehículo con las siguientes características: Marca Toyota, Moldelo Corolla, Año 1993, Color Verde, Clase Automovil, Tipo Sedán, Uso Partricular, Serial Carrocería 1NXAE09EOPZO51470, Serial de Motor 7AF256134 y Placas MAA-960, al ciudadano: Jhonny Jesús Molina Martínez, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.476.845, mayor de edad, y domiciliado en Carrizalito, Calle Nro. 06, Casa Nro. 24-3, Sabana Larga, Municipio Colina, Estado Falcón, con la expresa obligación de presentarlo al Tribunal y al Ministerio Público cada vez que sea requerido, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo ofíciese al Administrador del Estacionamiento San Agustín, ordenando la entrega del vehículo. Así se decide. Líbres.....