Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, resuelve: Conforme al procedimiento Especial por Admisión de los Hechos previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA: PRIMERO: . De conformidad con el artículo 331 del código Orgánico Procesal Penal se Apertura el Juicio Oral y Público a los ciudadanos: Angel Rafael Yari, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.155.877, obrero, hijo de Luís Alberto Valdez Y Deisi Coromoto Yari, nacido en fecha 13 de octubre de 1987, soltero, residenciado en Pueblo Nuevo, Avenida 2, casa 12 de color bloque, frente de una casa blanca, grado de instrucción: Sexto grado, Pedro Luís Caldera, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-16.756.982, estudiante, hijo de Marbel Caldera, naci.....