En consecuencia, esta Juzgadora declara CON LUGAR la solicitud de Prueba anticipada, respecto a la Evacuación del testimonio de la niña victima M.F.M.M (IDENTIDAD OMITIDA) en el presente caso. Siendo así; se fija Acto para la Evacuación de la testimonial solicitada, para el día MIERCOLES 03 DE FEBRERO DE 2016, A LAS 2:00 PM, conforme a lo establecido en el artículo 289 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del único aparte del articulo 67 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, por lo que se ordena la Notificación de la Fiscalía Décima del Ministerio Público, de la defensa Publica ESPECIAL EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER. Líbrese lo conducente para la NOTIFICACION del representante legal de la niña victima, quien deberán comparecer a este Juzgado, con la niña M.F.M.M victima en la presente causa. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.- Regístrese, Diaricese Publíquese y Notifíquese a las partes, Dada, Firmada y.....