DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
UNICO: La REPOSICION DE LA CAUSA al estado de que se libren nuevos carteles de notificaciones a las partes demandadas, todo ello conforme en aplicación o cumplimiento de los principios del control de la legalidad de los actos y de la tutela judicial efectiva de los sujetos procesales en la presente causa, en este sentido se remite el presente asunto al Juzgado Sustanciador. Así se establece. LIBRESE OFICIO.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Vigesimo Cuarto (24) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, al Veintisiete (27) días del mes de Enero del año dos mil v.....