Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo en funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal de Santa Ana de Coro, del Estado Falcón, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, seguida contra el adolescente: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , por cuanto sobre él recayeron las sospechas fundadas de ser el autor del delito tipificado en el artículo 460 del Código Penal Vigente donde es víctima los ciudadanos: MILAGROS COROMOTO GUTIERREZ ZAVALA, ENRIQUE PEROZO y ROSA ISABEL VALERO. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente, Notifíquese a las partes y a las Víctimas. Cúmplase. Publíquese la presente decisión.
La Jueza La Secretaria
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