Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos: ALIMENYIS COROMOTO ADAMES ACOSTA y ALBERTO EMILIO GARCÍA GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-14.490.828 y V-11.564.746, respectivamente, domiciliados en la Ciudad de Santa Ana de Coro, Calle Garcés, Edificio Alomar, Apartamento Nº 13, Parroquia San Gabriel, Municipio Miranda del estado Falcón; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que contrajeran ante el Registro Civil de la Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del estado Falcón, en fecha 13/12/2018, según acta N° 355. SEGUNDO: Expídase por secretaría copia certificada de la presente de.....