Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: de conformidad con lo preceptuado en el artículo 118 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, Autorizar a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público del Estado Falcón, para que proceda a la destrucción de la droga incautada en la presente causa. En consecuencia, líbrese el oficio respectivo, informándole lo acordado y acuerda remitir las presentes actuaciones al Fiscal Séptimo del Ministerio Público. Cúmplase.-
Abg. Raiza Mavarez de Acosta
Jueza Quinta de Control
Abg. Glomelys Arias
La Secretaria