DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: al ciudadano ISAAC DAVID GÓMEZ OCANDO, venezolano, titular de la Cédula de identidad No. 20.797.319, de 20 años de edad, nacido en fecha 14-02-1987, de profesión OBRERO Hijo de INMACULADA OCANDO Y HONORIO RAFAEL GOMEZ, domiciliada en EL SECTOR UNIVERSITARIO, CALLE NUEVA ESPARTA, CASA N° 07, FRENTE A LA ESCUALA ANDRES BELLO Y COMERCIAL TACHIRA; PUNTO FIJO, ESTADO FALCÓN, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad establecida en el ordinal 1° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en el Arresto Domiciliario en su domicilio, por la presunta comisión del delito de HURTO CON ESCALAMIENTO previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 6° del Código Penal; en perjuicio de la Ciudadana Jenny Fabiola Medina Peña. Se de.....