Así las cosas, en base a todo lo anteriormente transcrito, esta juzgadora, considera procedente y ajustado a derecho declarar a los fines de velar y garantizar la seguridad jurídica de los usuarias, como IMPROCEDENTE la tramitación de la solicitud de copias interpuesta por ante la Ofician de Recepción y Distribución de Documentos del Departamento de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, por las ciudadanas Ana Belén González de Bustillos, titular de la cedula de identidad Nº V- 2.861.704 y Lidia Santos Rujenful, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.794.433 en su carácter de progenitoras de los ciudadanos: JUAN JESUS BUSTILLOS GONZALEZ, venezolano, nacido en fecha 16-10-1970, de 41 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.968.989, de profesión mecánico, hijo de Samuel Manuel Bustillo y Ana Belén González, domiciliado en el Sector Bolívar, calle Juan 23, casa Nº 37, cerca de la Carnicería Rico Combo, casa de color verde co.....