Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal 1° de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano YOEL SEGUNDO GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, titular de la cédula de identidad N° 10.476.954, nacido en fecha 22/07/69, de Profesión u oficio comerciante, con tercer año como grado de instrucción, reside en la Urbanización Monseñor Iturriza, Calle Principal, segunda etapa, casa N° 03 en Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, teléfono 0268-2521624; por el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YENNI DE GUTIÉRREZ, de acuerdo con lo establecido en los.....